Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Locales

Fitosanitarios: el fallo saldría en cuestión de días

El juez considera concluida la etapa de prueba y ya está elaborando su dictamen en torno al polémico artículo 4º de la Ordenanza 5.331.
Agrandar imagen Juez Matías Colón.
Juez Matías Colón.

En lo juez en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, Dr. Matías Colón, está trabajando en estas horas en el estudio de las respuestas que le brindaron los participantes de la audiencia pública del pasado 28 de febrero y podría dictaminar sobre la vigencia o no del polémico artículo 4º de la Ordenanza Nº 5331, que reglamenta el uso de fitosanitarios en el área periurbana de Rafaela.

Si bien el magistrado mantiene la reserva del caso, por obvias razones, se sabe que con los testimonios recogidos en la audiencia pública del 28 de febrero pasado ya dio por concluida la etapa de prueba, por lo que ahora está analizando todas las evidencias aportadas por las partes y recolectadas por el propio Juzgado, para dar a conocer un fallo que podría conocer la luz en pocos días más. ¿Cuántos serían esos "pocos dias", teniendo en cuenta los plazos que habitualmente maneja la Justicia? "No pasaría de marzo", dijo una fuente de Tribunales consultada por este medio.

Siendo una causa en donde hay muy contundentes y fundamentados argumentos a favor y en contra de las dos posturas que se enfrentan en los estrados judiciales, el juez Colón ha venido manejándose de una manera que todas las partes consideraron correcta. Primero, porque habilitó la instancia inédita de la audiencia pública, algo no habitual en el fuero civil, donde todos tuvieron libertad para plantear sus posiciones, pero siempre en el marco del respecto a las normas del debido proceso. Y segundo, porque el debate que le tocó conducir ante los distintos actores que se presentaron en la causa fue concreto, conciso y sin parcialidades indebidas. Unos y otros reconocieron la buena tarea que viene desempeñando el magistrado en la causa y, tratándose de un tema muy sensible a la opinión pública, eso constituye todo un dato positivo.

La demanda

Como ya se explicara en RAFAELA NOTICIAS, organizaciones ambientalistas locales que integran el colectivo "Rafaela sin venenos, por la agroecología” y vecinos de la ciudad hicieron una presentación, en el marco de la Ley 10.000, de alcance provincial y conocida como ley de protección a los "intereses difusos", para cuestionar e impedir la puesta en práctica del artículo 4º de la ordenanza 5331, que buscaba reducir de 200 a 50 metros la distancia desde el perímetro urbano a partir de la cual se permite aplicar fitosanitarios en los campos. Entre el metro 50 y el 200, ese artículo permite las aplicaciones con “productos de origen orgánico y/o biológicos”, lo que fue denunciado como un retroceso en la protección de la salud y el ambiente. Se adoptó en la Justicia una medida cautelar que dejó en suspenso ese artículo hasta que el Juzgado dicte un fallo sobre legalidad o no de ese artículo. Mientras, estarán vigente los 200 metros que regían con anterioridad.

La demanda fue presentada a principios de agosto pasado en el Juzgado Civil y Comercial de Rafaela por Acción de Defensa Animal y Protección Ambiental (ADAPA), Amigos de la Vida y un grupo de vecinos. Lo hicieron en el marco de la Ley Provincial 10.000, que permite a la ciudadanía recurrir a la Justicia ante decisiones de las autoridades que afecten derechos colectivos. La ley ordena que se aplique una medida cautelar automática para suspender la acción denunciada -en este caso el nuevo límite- para evitar que se afecten derechos básicos como la salud y el ambiente.

Por su parte, la Fiscalía Extrapenal avaló el pedido de las organizaciones y vecinos. Consideró que la ordenanza “se encuentra en riña” con con el principio de no regresión ambiental presente en la Constitución Nacional, la legislación Ambiental y el Acuerdo Escazú. La fiscal Carolina Castellano también advirtió que la ordenanza entra en conflicto con “la robusta evidencia científica aportada por los actores (ONGs y vecinos) y con la jurisprudencia existente en materia de fumigaciones, las que solo mencionando a las locales -fallos dictados en Peralta, Bassi y González-, dispusieron distancias de prohibición de fumigaciones de 800 y 1000 metros inclusive”.

Fundados en informes técnicos, las organizaciones y vecinos denunciaron que los “productos orgánicos y/o biológicos” no son necesariamente inocuos sino que, en algunos casos, pueden suponer riesgos para la salud y el ambiente. Incluso varios de ellos son fabricados por las mismas empresas que venden agrotóxicos como el glifosato. Para las y los vecinos, si la verdadera intención del Concejo Municipal hubiera sido proteger a la población y promover la agroecología, lo que correspondía era ampliar y no reducir el límite a las fumigaciones.

En la audiencia pública de la semana pasada, técnicos y profesionales del INTA y el SENASA, funcionarios municipales, productores y organizaciones ambientalistas pudieron responder a las preguntas planteadas por el magistrado. Antes de la audiencia también se habían recogido testimonios de otros especialistas, como el del Ing. Horacio Beldoménico, de la UNL, sobre cuyo aporte en este tema se basó buena parte del reclamo de las entidades proteccionistas. Ahora, con todos esos elementos de juicio en su poder y cerrada la etapa de recolección de evidencias y pruebas, queda por conocer el fallo sobre esta polémica ordenanza.

 

Fitosanitarios Rafaelasinvenenos juezColón Audiencia fallo plazos

Te puede interesar

Teclas de acceso