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Judiciales

Violación en manada en Pilar: Para el Juez, a la víctima ‘’le dieron un trato de cosa’’

El Juez Cristian Fiz, desestimó el pedido de libertad realizada por las defensas de Patricio S., SantiagoA., Jair G., Michael B., Maximiliano Z. y Adrian A. acusados de abusar salvajemente de una joven. Para el magistrado, si bien “manada” hace referencia a un grupo de animales, “cuesta creer que los mismos provoquen un daño de tal magnitud” como el sufrido por la víctima.

El Juez Penal de Segunda Instancia de la Quinta Circunscripción Judicial, Dr. Cristian Fiz resolvió no hacer lugar al pedido de invalidez de la resolución tomada por su par de Primera Instancia Javier Bottero, quien el 9 de octubre pasado, dispuso la prisión preventiva de los acusados de haber violado en manada a una joven de 17 años en la localidad de Pilar en el año 2018. 

De esta manera, Patricio S., Santiago A., Jair G., Michael B. Maximiliano Z. y Adrian A. seguirán privados de su libertad durante la sustanciación del proceso que se les sigue en su contra.  

 

La medida del magistrado surge luego de una apelación realizada por las defensas técnicas de los imputados, quienes se mostraron disconformes con la medida adoptada inicialmente por el Juez Bottero, a instancias de una investigación de la Fiscal Fabiana Bertero. 

 

Entre los fundamentos de los abogados, esgrimieron que Bottero sólo tomó en consideración los argumentos de la Fiscal, y no hizo mención a lo que expuso la defensa, además de que “Toma como verdad absoluta los dichos de la víctima”. 

El caso, según se desprende del documento al que accedió Rafaela Noticias, tomó impulso luego de que la madre de otra menor radicara la denuncia. A partir de allí se efectuó una Cámara Gesell a la víctima y se incorporaron nuevas evidencias, derivadas de los secuestros de 127 celulares. 

 

Para la Fiscal, el argumento de que los imputados no entorpecerían la investigación estando en libertad ya que permanecieron en el pueblo desde el momento del hecho es inválido, ya que sostuvo que “La víctima se tuvo que ir de Pilar, pasó a ser cuestionada por todo el pueblo. Se pensaba que la causa estaba desestimada por eso no se dieron a la fuga”. 

 

Asimismo, en el fallo de Fiz aparece declaraciones de Bertero sosteniendo que “No pueden pretender en esas circunstancias que la víctima individualice a cada uno de ellos (los imputados) dada la modalidad en que se produjeron los hechos”. 

 

¿Qué ocurrió esa noche? ​

Rafaela Noticias, si bien accedió al relato de la adolescente abusada, no publicará el detalle, para evitar re victimizarla. No obstante, a modo ilustrativo, se conoció que la noche de los hechos, los abusos se extendieron entre las 23 y las 7 hs. del día siguiente, donde los imputados se turnaban para abusar de ella “pese a los ruegos de la niña para que cesaran”.

Incluso, más aberrante aún, uno de los partícipes fue un menor de edad, quien mantuvo por primera vez relaciones sexuales con la víctima “a exigencia de los adultos”.

En su fallo, el Juez Fiz consideró que este tipo de actos, que se refieren popularmente como “violación en manada”, no merecen tal denominación, “ya que si bien el término manada hace referencia a una cantidad de animales, cuesta creer que los mismos provoquen un daño de tal magnitud, destacando que a diferencia de la raza humana ellos actúan por instinto, no como en este caso que tuvieron la posibilidad de razonar acerca de lo que estaban haciendo, tuvieron la oportunidad ante los ruegos de la víctima de cesar en su actitud y no lo hicieron”. 

 

Además, fundamentando su posición, el Juez consideró que “Lo actos llevados a cabo, no cabe duda que forman un conjunto de acciones de trato denigrantes y de crueldad inusitada contra la víctima, la cual resulta vulnerable en muchos aspectos, por su condición de mujer, de menor de edad y hasta vulnerada por su condición humana ya que le dieron un trato de cosa, de objeto para satisfacer todos sus deseos durante largas horas”. 

Luego de citar la doctrina y la jurisprudencia que existe sobre la materia, Fiz rechazó todos los argumentos de la defensa de los imputados, entendiendo que la medida impuesta a los mismo debe ser confirmada, ordenando la reclusión preventiva de .  en todos sus términos, y en dicho caso corresponde ordenar la prisión preventiva mientras dure el proceso de Patricio S., Santiago Miguel A., Jair Damian G., Michael Nicolás B., Maximiliano Z. y Adrian Marcelo A.

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