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Judiciales

Racismo y Xenofobia: Para la Corte, no es un insulto acusar a alguien de “cómplice de antisemitas”

El máximo tribunal así lo consideró al fallar en una causa iniciada por el periodista Pedro Brieger contra el exrepresentante del Centro Simon Wiesenthal, Sergio Widder, quien acusó al reportero de ser "un judío que defiende antisemitas".

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, le dio la razón al exrepresentante para América Latina del Centro Simon Wiesenthal, Sergio Widder, en una demanda que le inició el periodista Pedro Brieger por expresiones que consideró agraviantes.

La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ya había revocado el pronunciamiento de primera instancia y, con ello, rechazado la demanda de Brieger contra Widder y THX Medios S.A. para obtener la reparación de los daños derivados de la publicación de expresiones injuriantes en el portal Infobae.

Bajo el epígrafe "Un cómplice", el exfuncionario del Centro Wiesenthal comentó una editorial del periodista especializado en asuntos internacionales en ocasión del secuestro y asesinato de tres jóvenes israelíes a manos de terroristas palestinos a fines de junio de 2014. En ese contexto, Widder se refirió a Brieger como "un judío que defiende antisemitas" y adujo que "por ello se convierte en su cómplice", lo que motivó el inicio de la acción.

La Cámara entendió que el caso revela una tensión entre la libertad de expresión y el derecho al honor. Destacó que el artículo 14 de la Constitución Nacional y el 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos protegen ampliamente el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole. Sin embargo, postuló que ese derecho no es absoluto.

Sobre la base de precedentes de la Corte Suprema, la Cámara apuntó que el estándar de la real malicia no es aplicable a las opiniones, ideas o juicios de valor puesto que no es posible predicar de ellas verdad o falsedad. Recordó que los juicios de valor solo son reprochables jurídicamente por la forma de la expresión y no su contenido, que es absolutamente libre..

En concreto, agregó que la calificación de defensor y cómplice de antisemitas pudo haber sido muy dolorosa para Brieger, pero no constituye un insulto o vejación gratuita. Afirmó que la libertad de expresión comprende el posible recurso a la exageración e, inclusive, a la provocación. Y dijo también que la rectificación de una opinión, por más perniciosa que sea, no depende de las conciencia de los jueces, sino de la competencia con otras ideas.

Contra ese pronunciamiento, Brieger interpuso recurso extraordinario federal.

En el dictamen de la Procuración, firmado por Víctor Abramovich, se entendió que “las expresiones, examinadas en su contexto y teniendo en cuenta las posibilidades de respuesta del actor, no exceden el alcance de un juicio de valor sobre un asunto de interés público” y que “el hecho de que las manifestaciones vertidas por el señor Widder sean susceptibles de herir los sentimientos del actor no justifica una condena indemnizatoria”. De otro modo, dijo, “se atentaría contra una de las libertades fundamentales en una república democrática: la preservación del debate relativo a asuntos de interés para toda la sociedad”. Por consiguiente, dijo, “la publicación se encuentra amparada por la libertad de expresión en materia de opiniones”.

En su sentencia, la Corte, con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti compartió este criterio. Entendió que los agravios de Brieger tuvieron un adecuado tratamiento en el dictamen, “cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad”.

Por ello, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada.

 

 

 

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