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Judiciales

Prisión efectiva y resarcimientos económicos: condenaron a la madre y a la hermana de "Yiyo" Ramallo

Ambas fueron condenadas a tres años de prisión efectiva, y además deberán realizar un resarcimiento económico de $750.000 cada una.

En un reciente juicio abreviado, la jueza Cristina Fortunato condenó a tres años de prisión efectiva a dos personas, identificadas como Evangelina Flores y Natalí Aldana Ramallo. Ambas son madre y hermana de Evelio Horacio Ramallo, conocido como "Yiyo". Además de la pena de prisión, se les impuso una obligación de pagar una reparación económica de $750,000 cada una. Estos fondos se destinarán a la Asociación Bomberos Voluntarios de Rafaela.

Ambas acusadas enfrentan cargos por su participación en una asociación ilícita, en calidad de miembros, liderada por Evelio Ramallo. En el contexto de este caso, se atribuye a Evelio Horacio Ramallo, Natalí Aldana Ramallo, y Evangelina Juana Flores, junto con otras personas, la creación de una asociación ilícita con el objetivo de cometer actos violentos en la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en un período que abarca desde el 11 de agosto de 2021 hasta el 27 de febrero de 2022 (fecha de los allanamientos). Para lograr sus objetivos delictivos, el grupo asumió diferentes roles y niveles de responsabilidad, colaborando en conjunto o individualmente en la ejecución de actividades necesarias para el funcionamiento de la asociación ilícita. Evelio Horacio Ramallo ocupó el rol de líder de la asociación, con plena autoridad de decisión y acción, supervisando las actividades de sus subordinados y tomando decisiones sobre los recursos de la organización.

Natalí Aldana Ramallo actuó como intermediaria, manejando recursos materiales y financieros para la organización, mientras que Evangelina Juana Flores desempeñó un papel similar, administrando el dinero generado por la asociación y sirviendo como enlace con los demás miembros organizadores.

Las partes acordaron que las acusadas fueran consideradas miembros de la asociación ilícita en calidad de coautoras. La pena de tres años de prisión efectiva acordada entre las partes se considera justa y equitativa, después de evaluar las circunstancias específicas del caso y siguiendo las pautas establecidas en el Código Penal de Argentina (artículos 40 y 41). Además, se impuso una obligación de reparación económica a Evangelina Flores y Natalí Aldana Ramallo, quienes deberán abonar conjuntamente la suma total de $1,500,000 a la Asociación Bomberos Voluntarios de Rafaela.

 



Fuente: Diario Castellanos
Ramallo Condenas banda

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