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Judiciales

Caso Glaria: la Fiscalía insistió en la culpabilidad de Perea y Milessi en la muerte de Gonzalo

Fue en una audiencia de apelación que se realizó este jueves. Tanto Perea como Milessi fueron condenados el año pasado como autores del delito de robo. Para el MPA, la causa debe recaratularse como homicidio en ocasión de robo.
Agrandar imagen Juez de Apelaciones Sergio Alvira, preside el Tribunal que revisa el caso Glaría.
Juez de Apelaciones Sergio Alvira, preside el Tribunal que revisa el caso Glaría.

En septiembre del 2023, Matías Perea y Cristian Milessi fueron condenados a la pena de 4 años y 6 meses de prisión, al ser encontrados culpables como coautores del delito de robo. La sentencia puso un primer punto final para la investigación que se generó en torno a la muerte de Gonzalo Glaría, ocurrida en diciembre del 2019 y que despertó una inédita ola de movilizaciones en la ciudad.

En esa fatídica mañana del último día del 2019, los hoy condenados citaron a dos menores al parque de los Eucaliptos para la supuesta venta de un teléfono. En realidad, se trató de un plan para robarles el celular y el dinero. Cuando los delincuentes escapaban, Gonzalo Glaría, que esperaba el verde en el semáforo de Roque Sáenz Peña y Mitre, los persiguió unas cuadras y terminó falleciendo cuando perdió el control de la moto y cayó al suelo, en calle Triunvirato, entre Gral. Paz y Santa Fe.

Este jueves se trataron las apelaciones presentadas en su momento por el fiscal Diego Vigo; y po rla defensa del imputado Milesi- En este caso estuvieron presentes el Dr. Juan Manuel Puig, fiscal del MPA, la Dra. Amalia Cassina por el condenado Milessi y la Dra. Georgina Alassia, por Matías Perea. El tribunal que presidió la audiencia estuvo integrado por los Dres. Sergio Alvira, Fabio Modri y Bruno Netri.

Los argumentos del fiscal

La Fiscalía quiere revertir el fallo de primera instancia a partir de los argumentos que en su momento había expuesto el fiscal del caso, Diego Vigo. Para el representante del MPA en el juicio de primera instancia, el ilícito estaba en curso en el momento de producirse el incidente, por lo que la muerte de Glaría se produjo como consecuencia de un robo cuya secuencia comenzó la noche anterior, con el primer contacto de los delincuentes con la víctima para apropiarse de un bien en forma ilícita, y que no se había terminado de consumarse porque Gonzalo había acudido en defensa de la víctima. Los defensores, en cambio, plantearon que fue el propio Glaría quien se puso en riesgo al iniciar una persecución imprudente que terminó de la peor manera.

Lo cierto es que los jueces que actuaron en el tribunal de Primera Instancia –luego de escuchar los alegatos de las partes y los testimonios de distintas personas que asistieron a Gonzalo u observaron la situación que desembocó en su muerte- resolvieron desestimar la postura de la Fiscalía e inclinarse por la figura del robo simple, dado que los delincuentes actuaron en todo sin armas de ningún tipo –lo que hubiera configurado un agravante-y estaban huyendo, sin haber concretado maniobras específicas que hubieran provocado el desenlace.

Ahora, el fiscal Puig -que reemplaza a Vigo al frente de la representación del MPA- insistió en la argumentación. Luego de recordar que la materialidad del hecho que generó la reacción del ciudadano Gonzalo Glaría está probada sin lugar a dudas, el representante de la acusación considera que los jueces de primera instancia no evaluaron correctamente algunas circunstancias que ameritan el cambio de carátula.

Básicamente, Puig remarca una parte del fallo de primera instancia, que consideró que no estaba probado que Milesi y Perea se hubieran representado, en el momento de la fuga, que Glaría se pudiera poner en peligro de muerte. Según la interpretación original de los jueces, Glarìa se puso a sí mismo en peligro al llevar adelante la persecución y los perseguidos no podían prever el desenlace de tal persecución. Para Puig, estaba claro para los condenados que eran perseguidos, y que la fuga que estaban protagonizando de por sí constituía un riesgo mortal. "Milesi y Perea eran conscientes del riesgo que habían creado y que ese riesgo era consecuencia directa del robo perpetrado minutos antes", sostuvo Puig.

Entre los argumentos expuestos por el fiscal, sobresale también otro cuestionamiento al fallo de primera instancia, ya que sostiene que no se le podía pedir a Glaría que actuara como si fuera un policía "dando la voz de alto". Dijo Puig en la audiencia: "Con respecto a la actitud del señor Glaría, que el tribunal consideró que fue desproporcionada, es decir, el tribunal del juicio parece exigir que el señor Glaría tendría que haberles tocado bocina, que tendría que haberles dado señal de alto, como si fuera un personal policial, o que tendría que haber anotado la patente, porque había allá mucha gente que había visto el hecho y por lo tanto se podía haber llegado a un resultado" positivo. En cambio, recordó Puig, "nos permitimos aclarar que el celular y el dinero nunca jamás fueron recuperados, por lo tanto el hecho dañoso no se terminó de subsanar y lo que el señor Glaría intentaba era defender los legítimos derechos de terceras personas, en este caso de ella la propiedad, recuperando entonces, en este caso, los bienes que les habían sido sustraídos".

"Actuó heroicamente"

Reiteró Puig que "el señor Glaría lo único que hizo fue actuar heroicamente en defensa de los bienes de una tercera persona de una manera para nada desproporcionada, al contrario, los medios eran proporcionados, que se estaba yendo, él tenía una moto y fue a perseguirlos para tratar de ayudar a una tercera persona. Por lo tanto, entendemos que el riesgo se produjo y se verificó en el resultado de años y que efectivamente, hubo una legítima defensa y además, si la calificación de homicidio en ocasión de robo es correcta, insisto, ya había sido aceptada como probable por ambos jueces de Cámara con hechos similares y los hechos que la Fiscalía dijo que iban a probar, fueron probados, por lo tanto, no se entiende por qué por ante los mismos hechos imputados se recurre a una calificación distinta y se ignora completamente el resultado de homicidio que se produce en ocasión de robo. Entendemos que el robo se reconfiguró en homicidio en el momento en el que el señor Garía fallece a causa del riesgo creado por los imputados y verificado en ese resultado", concluyó Puig.

Las razones de la defensa

Naturalmente, las defensoras Cassina y Alassia discreparon con la Fiscalía, destacando que la resolución de primera instancia "no solamente es válida, sino que ha hecho un análisis concienzudo y detallado de la prueba que se ha rendido en juicio, además de realizar un análisis doctrinario que también está explicado y aplicado a cada uno de los puntos que fueron discutidos en juicio. Entendemos por eso también que la resolución es válida".

Entre otros puntos, sostienen que ninguna cámara muestra a los perseguidos mirando hacia atrás para advertir la persecución a lo largo de avenida Roque Sáenz Peña,además de señalar otros puntos que, consideran, avalan lo expuesto por los jueces de primera instancia, que desestimaron la figura jurídica pretendida por la acusación.

Ahora, el tribunal tiene un plazo para dictar su resolución en torno a la apelación, y dar a conocer los fundamentos, lo cual se dará dentro del presente mes.

 

fallo Justicia Caso Glaría Rafaela

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