Judiciales

Continuarán en prisión los tres sujetos que trasportaban más de mil kg de marihuana

Ilustrativa
Crédito: Internet

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisibles los recursos de tres personas condenadas por el traslado de 1.157 kilos de marihuana en la provincia de Corrientes.
El 18 de noviembre de 2016, sobre la ruta nacional 14, a la altura de la localidad correntina de Santo Tomé, efectivos de Gendarmería le ordenaron a Marcelo César Damota detener la marcha del camión en el que se trasladaba. Lo mismo hicieron respecto de Edgardo Daniel e Ignacio Salvador Principatto, padre e hijo respectivamente, quienes escoltaban al camión a bordo de otro vehículo.
Inspeccionado el camión, se encontraron poco más de 1.157 kg de marihuana guardada en 1.604 ladrillos que iban embadurnados con grasa industrial para evitar que fueran detectados por los perros antinarcóticos.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes condenó como coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas a Edgardo Gabriel Principatto, a diez años de prisión; a Damota, a seis años de prisión y multa, y a Ignacio Salvador Principatto, a ocho años de prisión.
Sus defensas recurrieron la decisión, planteos que fueron rechazados por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que confirmó aquel fallo. Las defensas interpusieron, entonces, recursos extraordinarios, cuyo rechazo derivó en quejas.
La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó la petición, dejando firmes las condenas.

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